El jueves se debate proyecto urgente de incentivos APP

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    La presidenta de la Asamblea Nacional, Gabriela Rivadeneira, convocó a los parlamentarios a la sesión 352 del Pleno, para este jueves 15 de octubre a fin de iniciar el primer debate del proyecto de Ley Orgánica de Incentivos para Asociaciones Público-Privadas y la Inversión Extranjera, enviado por el Ejecutivo con el carácter de urgente en materia económica.

    Esta ley tiene por objetivo establecer incentivos específicos para la ejecución de proyectos bajo la modalidad de asociación público-privada y los lineamientos e institucionalidad para su aplicación.

    La normativa crea un Comité Interinstitucional de Asociación Público-Privadas como un órgano colegiado de carácter intersectorial de la Función Ejecutiva, encargado de la coordinación y articulación de políticas, lineamientos y regulaciones vinculadas a este tipo de asociaciones.

    Este comité definirá los sectores en los que se promoverá el empleo de la modalidad de asociación público-privada para la ejecución de proyectos públicos; aprobar proyectos del gobierno nacional a través del régimen de incentivos, determinar políticas y lineamientos de aplicación de los beneficios, para la gestión de pagos diferidos establecidos para la ejecución de un proyecto público bajo la modalidad de asociación público-privada.

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    A través del cuerpo legal se materializa los incentivos contemplados en el Código de la Producción, entre los que se incluyen exenciones para el pago del Impuesto a la Renta (IR) y del Impuesto a la Salida de Divisa (ISD) por 10 años. Además, la devolución del Impuesto al Valor Agregado (IVA) pagado en las adquisiciones locales de bienes y servicios.

    El documento contiene 8 artículos referentes al objeto de la ley, reglas generales para su aplicación, la función del comité interinstitucional, incentivos, estabilidad jurídica, resolución de controversias, neutralidad en el origen de financiamiento productivo; y, facilitación de procesos y procedimientos.

    A través del proyecto se establecen alianzas público-privadas, que son aquellas relaciones entre el Estado y el sujeto privado en las que se acuerda fórmulas de participación conjunta para los sectores estratégicos de interés general.

    En el Código de la Producción,  Comercio e Inversiones, en su artículo 100 se establece que de forma excepcional debidamente decretada por el Presidente de la República cuando sea necesario y adecuado para satisfacer el interés público, colectivo o general, cuando no se tenga la capacidad técnica o económica o cuando la demanda del servicio no pueda ser cubierta por empresas públicas o mixtas, el Estado o sus instituciones podrán delegar a la iniciativa privada o de la economía popular y solidaria, la gestión de los sectores estratégicos y la provisión de los servicios públicos de electricidad, vialidad, infraestructuras portuarias o aeroportuarias, ferroviarias y otros.

    En esta línea, mediante incentivos se promueve asociaciones que permitan desarrollar proyecto de interés general, en materia de vialidad, vivienda social, infraestructura, puertos y aeropuertos, entre otros ámbitos.               

    Confirmado.net/Asamblea 

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